PECORA ROSALIA ADRIANA
Congresos y reuniones científicas
Título:
EL DERECHO LABORAL EN EL MERCOSUR
Lugar:
CORDOBA
Reunión:
Taller; TALLER Nº 2- año 2000- 22/08/2000 DE LA ASOCIACIÓN DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL - FILIAL CÓRDOBA; 2000
Institución organizadora:
ASOCIACIÓN DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL FILIAL CÓRDOBA
Resumen:
TALLER Nº 2- año 2000- 22/08/2000 EL DERECHO LABORAL EN EL MERCOSUR INTRODUCCION : TRABAJADORES MIGRANTES. por: LEDESMA PATRICIA MARIANA, CURA MARIA LILIANA, PECORA ROSALIA, YANZON MARIA GABRIELA Y CEBALLOS MARCELO TUTOR : RODRIGUEZ TISSERA CARLOS Desde las épocas más antiguas de la Humanidad, se han registrado migraciones, especialmente de índole laboral.- Este fenómeno se encuentra íntimamente relacionado con el problema del empleo, obedeciendo a tres causas fundamentales: la 1º se vincula con la Revolución industrial y sus consecuencias: el capitalismo y el trabajo asalariado, y la visión del trabajo como una mercancía.- La 2º se relaciona con el problema del desempleo. Cuando éste ocurre, se utiliza a esta vía –la migración- como una solución viable para encontrar empleo en una país distinto. El desigual crecimiento económico de los países es la 3º causa vinculada a ésta problemática, al ofrecer mayor oferta laboral algunos Estados respecto de otros.- El trabajador migrante es aquella persona que no posee la nacionalidad del país en el cual trabaja y presenta diversos tipos: a)migración libre: cuando los trabajadores migrantes que la gozan tienen el derecho de libre circulación, pudiendo entrar y tomar un empleo sin restricciones, en los Estados parte de un acuerdo regional.- b)migración oficial y comercial: dentro de la 1º encontramos a representantes diplomáticos, religiosos, etc. Y en la 2º a los que forman parte de las empresas de transporte, espectáculos y representes de compañías multinacionales. Este tipo se vincula con la transferencia de conocimientos y de tecnología, recibiendo en general un mejor trato en cuanto admisión, residencia y empleo que los del tipo anterior.- c)migración definitiva: aquí se ve a los inmigrantes como futuros ciudadanos, brindándoles todas las facilidades necesarias para su introducción en el mercado nacional al verlos como una inversión.- d)migración bajo contrato: es el tipo predominante, desde el punto de vista cuantitativo: los migrantes no son considerados como futuros nacionales, su estadía es transitoria y coincide con la duración prevista del proyecto, expuestos a discriminaciones.- e)migración ilegal: sucede cuando el trabajador o su empleador viola las normas que regulan la materia; es la que más comúnmente ocurre, y la que genera mayor preocupación a nivel gubernamental, ante la falta de políticas adecuadas y defectos en la legislación.- En cuanto a la normativa que regula la situación, en un primer momento se regía por las normas del país receptor o estado huésped aplicándose de esta manera el principio territorialista.- Luego se sustituyó el principio de territorialidad por el de la reciprocidad, que es más aleatorio. Pero ante la necesidad de creación de normas para la protección de los trabajadores es que posteriormente surge la internacionalización del derecho del trabajo.-