La presión fiscal ejercida por los gobiernos subnacionales -esto es, provincias y municipios representa
en Argentina más del 20% de la presión fiscal total. A su vez, la existencia de 24
jurisdicciones provinciales (incluida la CABA) y de casi 1200 municipios, deja abierta la posibilidad
de que coexistan una amplia variedad de ?características? tributarias (alícuotas, bases y hechos
imponibles, exenciones, etc.) a lo largo de todo el territorio nacional. Este aspecto se funda en que
los niveles subnacionales gozan de autonomía en materia de potestad tributaria basada en la propia
Constitución Nacional.
La importancia de la presión fiscal subnacional y el problema adicional de la heterogeneidad
tributaria entre regiones ?que también se hace presente entre actividades productivas ? implican
que los costos en términos de eficiencia asignativa derivados de estos fenómenos deban ser
cuidadosamente evaluados. Para esta tarea resulta fundamental contar con la información fiscal
pertinente al análisis, dentro de la cual la obtención de una medida de presión fiscal ejercida por
municipios y provincias a través de distintos impuestos cumple un importante papel.
En este sentido, el trabajo muestra los resultados de la medición de la presión legal efectiva
? tanto sobre distintos sectores productivos como a nivel agregado - en provincias y municipios para
dos tributos que presentan propiedades muy distorsivas y cuya importancia en la recaudación de las
jurisdicciones es muy importante. Se trata del Impuesto a los Ingresos Brutos (IIB), en el caso de
las 24 jurisdicciones de segundo nivel, y de la ?Tasa de Seguridad e Higiene? (TSH) o ?Contribución
que Incide Sobre la Industria y el Comercio?, en el caso de 96 de los municipios más grandes del
país, elegidos de manera que todas las provincias quedan representadas en esta muestra.
Por otro lado, esta cuantificación de la presión fiscal legal se constituye en una poderosa
herramienta que puede agregar al análisis de las relaciones fiscales intergubernamentales
información que hasta el momento es escasa o inexistente. La comparación del comportamiento en
materia tributaria, respecto a los gravámenes analizados, entre las distintas jurisdicciones de
segundo nivel y entre las de tercer nivel, se hace así factible. Las conclusiones que de este análisis
se derivan son de gran importancia para determinar lineamientos en lo que hace a las tareas de
coordinación fiscal entre los distintos niveles de gobierno, tanto en el plano de las recomendaciones
de política como en lo que hace a la instrumentación en la práctica de tales medidas.