AMATO CELINA NOÉ
Congresos y reuniones científicas
Título:
Legislación sobre aspectos de sustentabilidad, responsabilidad social empresaria y responsabilidad extendida al productor: estado actual y perspectivas futuras en argentina
Autor/es:
AMATO, CELINA NOÉ
Reunión:
Congreso; V Congreso de Administración del Centro de la República - II Encuentro Internacional de Administración del Centro de la República - I Congreso de Ciencias Económicas del Centro de la Republica; 2016
Resumen:
La necesidad de incorporar la intervención de la Administración Pública, a través de sus normativas, en investigaciones relacionadas con la sustentabilidad, la Responsabilidad Social Empresaria (RSE) y la Responsabilidad Extendida al Productor (REP) resulta de máximo interés dado que se considera uno de los stakeholders más interesados en el desarrollo de este tipo de iniciativas en todos los niveles del Estado (nacional, provincial y municipal, en el caso de Argentina). Incluso en el caso REP resulta ser el actor principal dado que la misma posee matiz de principio legal.Se toma como base la definición de sustentabilidad realizada por el ?Informe Bruntland? en el año 1987, en el cual se destaca que el desarrollo será sustentable si es capaz de satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras (Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, 1987). Si bien la noción de desarrollo sustentable se refería inicialmente a nivel de Estados en el contexto global, en las últimas dos décadas el concepto se trasladó al ámbito organizacional (Beckmann et al., 2014), utilizándose indistintamente las expresiones desarrollo sustentable corporativo (Bansal, 2005), sustentabilidad organizacional (Paulraj, 2011; Moizer y Tracey, 2010) o sostenibilidad corporativa (Andreu Pinillos y Fernández Fernández, 2011; Lozano, 2008; Montiel, 2008).La RSE, por su parte, nace como una nueva dimensión empresarial preocupada por el concepto de sostenibilidad (Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas, 2004), marcando un cambio de paradigma con relación a la teoría económica de la empresa la cual sostenía que la única responsabilidad de la misma era obtener ganancias (Friedman, 1970). La RSE es un comportamiento por el cual las empresas asumen voluntariamente las externalidades producidas por su accionar (Crouch, 2006).Ambos conceptos se relacionan con el logro por parte de las organizaciones de los tres principios de la Triple Bottom Line-TBL (Elkington, 1994): económico, social y ambiental.Un apartado especial se otorga en esta investigación al concepto de la REP, íntimamente relacionado con los enfoques de sustentabilidad y RSE. Este término fue oficialmente presentado por los autores Lindhqvist y Lidgren en el informe ?Modelos para la responsabilidad extendida del productor? para el Ministerio de Medio Ambiente de Suecia en el año 1990 (Lindhqvist y Lidgren, 1990). Posteriormente al concepto se le dio un matiz legal, como principio ambiental. Lindhqvist (2000) define la REP como: Un principio político para promover mejoras ambientales para ciclos de vida completos de los productos al extender las responsabilidades de los fabricantes del producto a varias fases del ciclo total de su vida útil y especialmente a su recuperación, reciclaje y disposición final. [?] La responsabilidad extendida del productor (REP) es implementada a través de instrumentos políticos, administrativos, económicos e informativos (p. 154).Se considera este marco conceptual de análisis para avanzar en el objetivo de este trabajo cual es investigar el estado actual y las perspectivas futuras de la Administración Pública Argentina (el Estado en todos sus niveles) en relación al avance de la legislación en los temas de sustentabilidad, RSE y REP.Se parte que la Constitución de la Nación Argentina, con las modificaciones del año 1994, en el artículo 41 capítulo II (nuevos derechos y garantías) establece el derecho de ?todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras [?]? (Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, 1994, art. 41) en donde se denota la presencia de la sustentabilidad, como así también se expresa que ?corresponde a la nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las provincias, las necesarias para complementarlas [?]? (Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, 1994, art. 41) otorgando al Estado la obligación de reglamentar en relación ello .Teniendo en cuenta que no existe actualmente en nuestro país una legislación integral de carácter nacional relacionada con estos temas centrales, se propone investigar esta falta de legislación a los fines de encontrar iniciativas en los distintos niveles, tanto de organismos del estado como de otros que son de aplicación nacional (como por ejemplo la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas-FACPCE) que puedan dar cuenta de los avances normativos en el país respecto de estas cuestiones primordiales a nivel global. A estos fines el artículo aborda en primera instancia un recorrido de la legislación argentina en materia de sustentabilidad, RSE y REP para luego analizar dicha normativa y ofrecer una serie de conclusiones al respecto.