OVIEDO FIGUEROA OFELIA DEL VALLE
Congresos y reuniones científicas
Título:
REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS MENORES. CAPACIDAD NATURAL PROGRESIVA
Lugar:
Bahía Blanca
Reunión:
Jornada; XXV Jornadas Nacionales de Derecho Civil; 2015
Institución organizadora:
Universidad Nacional del Sur
Resumen:
Si la titularidad de los derechos fundamentales depende de la capacidad jurídica, su ejercicio depende de la de obrar. Pare claro la suficiencia de la capacidad natural de obrar para los derechos fundamentales, lo que nos lleva a plantearnos si los titulares de la potestad, en virtud de la representación legal de los sometidos que tienen atribuida pueden ejercer por representación los fundamentales de los menores sometidos a su potestad que, por carecer de capacidad natural de obrar, no pueden ejercitarlos de forma autónomaCreemos que en materia de menores el criterio preponderante debe ser siempre elinterés del menor. Por tanto, si esa representación va a redundar en beneficio del menor, se debe admitir la representación del menor, aunque se trate de un derecho personalísimo.Sin embargo, esto no puede ser la regla general, sino solo una excepción cuando no haya otro medio de salvaguardar los derechos del menor.