EIMER GASTÓN GERMÁN
Congresos y reuniones científicas
Título:
Reserva legal versus pérdidas de ejercicios anteriores
Lugar:
La Falda
Reunión:
Congreso; X Congreso Argentino de Derecho Societario y VI Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y de la Empresa; 2007
Resumen:
El presente trabajo tiene como fin exponer las características esenciales de la constitución de la Reserva Legal, en las sociedades comerciales, desde su regulación en la Ley de Sociedades Comerciales, análisis y correlación con otras normativas aplicables, determinando si el procedimiento de formación de la Reserva previsto en el art. 70 de la Ley de Sociedades Comerciales es aplicable independientemente de la existencia de pérdidas de ejercicios anteriores o bien si se aplica luego de cubrirse tales pérdidas. La cuestión tiene su origen en numerosas discusiones sostenidas entre los ponentes y auditores de diferentes entes quienes sostienen, erróneamente según nuestro criterio, que aún cuando existan quebrantos de ejercicios anteriores, con la primera utilidad debe constituirse o completarse la reserva legal y recién, si existiera un remanente, éste será aplicado a la extinción de las pérdidas acumuladas. Nuestra posición es la contraria, sosteniendo que -en primer lugar- se deben compensar con las pérdidas de ejercicios anteriores y recién, con el excedente -si lo hubiera- constituirse la reserva legal.