UEMA SONIA ANDREA NAEKO
Congresos y reuniones científicas
Título:
PRESTACIONE BÁSICAS DE SALUD GARANTIZADAS POR EL GOBIERNO: COMPARACIÓN DE LA SITUACIÓN EN CHILE Y ARGENTINA
Lugar:
Mar del Plata
Reunión:
Congreso; XII Congreso Argentino de Farmacia Hospitalaria, I Sudamericano; 2012
Institución organizadora:
AAFH (Asociación Argentina de Farmacéuticos de Hospital)
Resumen:
La Salud es un componente esencial del bienestar individual y social de las personas y se define como el estado de completo bienestar físico, mental y social del individuo. La Declaración de Alma-Ata (1978) expresa que el pueblo tiene el derecho y el deber de participar individual y colectivamente en la planificación y aplicación de su atención de salud, además de señalar a los gobiernos la obligación de cuidar la salud de sus pueblos. Objetivo: Analizar y comparar el Régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES-Chile) y el Programa Médico Obligatorio (PMO-Argentina) desde el punto de vista de su origen, su organización, las prestaciones que cubren y cómo es la gestión de los medicamentos. Presentación de lo observado: En Chile, GES es una reglamentación orientada al acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud, garantizando procedimientos diagnósticos, tratamientos y seguimientos en un número limitado y progresivo de patologías específicas. En Argentina, PMO se define como una canasta básica de prestaciones a través de la cual los beneficiarios tienen derecho a recibir prestaciones médico-asistenciales allí establecidas y otras coberturas obligatorias, sin carencias, preexistencias o exámenes de admisión. El GES es un proyecto legislativo que forma la base de la Reforma del Sistema de Salud chileno. La principal normativa que regula este tema es la ley 19.966 del año 2004. El PMO tiene sus orígenes en el Decreto 492/95 del Ministerio de Salud y Acción Social, entrando en vigencia en el año 1996 con sucesivas modificaciones posteriores. Con el GES se pretende garantizar la cobertura de un número de problemas de salud que se establecen como prioritarios en base a estudios epidemiológicos. Para establecer las coberturas se exigen revisiones sistemáticas sobre la efectividad de los tratamientos, evaluaciones económicas, demanda potencial y capacidad de oferta del sistema de salud chileno. En Argentina, las prácticas del catálogo de prestaciones ofrecido por el PMO son aceptadas por un Equipo de Evaluación de Tecnología Sanitaria que, sobre la base de la metodología de Medicina Basada en la Evidencia, analiza la literatura nacional e internacional, comparando con Agencias de Evaluación de Tecnología y las políticas de cobertura de otros países. En cuanto a cobertura, ambos países establecen en sus normativas cuáles son las prestaciones básicas que deben garantizar los Agentes del Seguro de Salud, pertenezcan estos al subsistema de salud público o privado. Los agentes deben estar acreditados en un registro de prestadores en la Superintendencia de Salud en cada país. Mientras que para los medicamentos, el PMO contempla cubrir un porcentaje de los mismos, el GES especifica el monto a cubrir sólo en aquellos medicamentos aprobados en la normativa y para cada patología. Discusión: Como puntos en común, se pueden marcan: la voluntad de los gobiernos de garantizar prestaciones básicas en salud, en el marco de la Medicina Basada en la Evidencia, con coberturas explícitas en las normas, regulación del accionar de los agentes del seguro de salud y mecanismos que tiene la población en caso de incumplimiento de alguna de estas prestaciones. Las diferencias se marcan en los orígenes de ambos programas sumado a que el PMO surgió, al menos, 8 años antes que el GES. La organización de la información también difiere: PMO informa sobre APS, atención secundaria, internación, salud mental, rehabilitación, odontología, medicamentos, entre otros. GES se organiza en torno a patologías explicitando los beneficiarios y las prestaciones cubiertas.