PERASSI MARÍA LAURA
Congresos y reuniones científicas
Título:
[Ponencia] Estudio contrastivo-comparativo del Código Civil de la República Argentina y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en el ámbito del Derecho de Familia y desde un enfoque traductológico
Lugar:
Córdoba
Reunión:
Jornada; IV Jornadas de investigación «Investigar en Lenguas»; 2016
Institución organizadora:
Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Facultad de Lenguas, U. N. de Córdoba
Resumen:
Para eltraductor de textos jurídicos, la versión de una lengua a otra siempre presentaproblemas especiales desde el punto de vista terminológico. A diferencia deotras áreas de traducción especializada, donde se puede hablar de univocidad conceptual?es decir, el concepto es el mismo en todos los ámbitos geográficos ylingüísticos, como en la traducción científica, por ejemplo? y donde ladiferencia de una lengua a otra reside principalmente en el signo lingüísticoque denomina al concepto, en el campo de la traducción jurídica la búsqueda delas equivalencias terminológicas entre lenguas implica una elección decompromiso entre equivalencias conceptuales. Ello obedece al hecho de que cadasistema jurídico es una construcción histórica y cultural, y por ello asociadaa la lengua de una comunidad histórica y a la evolución de dicha lengua.Precisamente por su carácter de construcción histórica, los sistemas jurídicosestán sujetos a cambios, que pueden ser de naturaleza gradual, radical (o cambiode paradigma), o una mezcla de ambas. Este último es el caso del nuevo CódigoCivil y Comercial de la Nación, que recoge institutos ya creados en nuestrosistema jurídico por leyes puntuales, como el matrimonio igualitario, oincorpora otros por primera vez, como el acuerdo prenupcial sobre disposiciónde bienes. Muchos de los conceptos incorporados existían ya en los sistemasjurídicos correspondientes a otras lenguas, y otros son totalmente novedosos. Aello cabe agregar que muchas denominaciones actuales, como"matrimonio", corresponden a un concepto más amplio que elpre-existente en el código de Vélez Sarsfield y sus leyes modificatorias. Todo esto hace necesariorealizar una revisión comparativa de la terminología del código de VélezSarsfield, el antiguo Código de Comercio, y el nuevo Código Civil y Comercial,para establecer una base terminológica a partir de la cual pueda comenzar latarea de búsqueda de equivalencia en las lenguas con las que se proponetrabajar este proyecto (inglés, francés, italiano y alemán). El hecho de que lapuesta en vigencia del nuevo código se adelantara, hace que el objeto de esteproyecto revista mayor urgencia, pues el flujo de documentos a traducir esincesante, y toda contribución a la compilación de equivalencias terminológicases de gran ayuda para la traducción. Toda la documentación generada en elámbito civil y comercial a partir de la entrada en vigencia del nuevo códigodeberá ser interpretada y, en caso de que ello fuera necesario, traducida, a laluz del nuevo sistema terminológico asociado al código. A los fines de trabajarcon un volumen terminológico manejable, se hace necesario restringir el ámbitode trabajo dentro del nuevo código. En razón de que los integrantes propuestospara el equipo tienen experiencia previa en la traducción de documentaciónperteneciente al ámbito de derecho de familia, y de que esta es una de lasáreas más requeridas en el ejercicio profesional, se ha decidido, en laduración del presente proyecto, abocarse al área del derecho de familialegislado en el Libro Segundo del nuevo código, artículos 401 al 723 y, dentrode este, a los ámbitos de matrimonio, unión convivencial, divorcio y adopción.